El proyecto se define a partir de los cargos a los que se le puede
acusar a una persona okupa. Tenemos: la usurpación (artículo 245.2 del Código Penal), daños
(artículo 263 del Código Penal), robo con fuerza en las cosas (artículos 237,
238 y 240 del Código Penal), desórdenes públicos (artículo 557 del Código
Penal), resistencia y desobediencia (artículo 550), atentado a la autoridad
(artículo 550), Allanamiento de morada (artículo 202.1) y Defraudación del
fluido eléctrico o situaciones análogas (artículo 255).
Tras escoger
este campo, el tipo de arquitectura empieza a moverse en un terreno donde la
vivienda se entiende como un lugar de refugio o de escondite (por ejemplo, los
bunkers).
Más
concretamente, en el proyecto que llevo entre manos, se busca una vivienda que
sirva de cobijo pero además, sirva de escondite. No es una arquitectura
que se elabora, ya que todo lo necesario estaría construido si no que, sería una
adaptación del okupa (Langarita) a unas viviendas existentes. Para el
desarrollo de este tipo de arquitectura, el Código Penal define el proyecto y
le da sentido, ayuda a responder a preguntas como, ¿por qué no pueden a
Langarita los propietarios de las viviendas o por qué tiene que adaptarse al
entorno sin modificarlo?
Este tipo de proyectos son el reflejo de mi postura frente a un
conflicto que se genera a partir de la okupación de los espacios y el derecho
de los ciudadanos a tener una vivienda digna.
Con proyectos como el que estoy llevando a cabo, pretendo que la
sociedad recapacite en el tema y del uso de las normas de hoy en día. Dentro de
este tipo de arquitectos se encuentra, como vimos en clase, Santiago Cirugeda. (1)
El tema de los okupas hoy en día está muy presente. Con el bache
que está atravesando el país, miles de personas son desahuciadas de sus hogares
y sin un lugar donde vivir y sin dinero, ¿qué hacen?, una de las soluciones es
terminar siendo okupas.
Este estilo de vida, es defendido por todas aquellas personas que
se ven obligadas a ello y los defensores de este tipo de movimiento. Quienes además,
hacen un manifiesto Manual de
okupación(2) donde ponen a disposición formas de quebrantar las leyes sin
tener grandes repercusiones. En cambio, también hay quienes están en contra
como los bancos, políticos o personas que tienen una vivienda propia y se ven
obligados a pagarla y en este sentido, se ven desfavorecidos frente al
movimiento okupa.
Sin embargo, las personas que llevan a cabo este movimiento no pretenden
perjudicar a nadie, sino que, intentan defender sus derechos de tener una
vivienda digna.
"Sin una vivienda adecuada, es
difícil conseguir y conservar el empleo, la salud física y mental se ven
amenazadas, se ponen trabas a la educación, se cometen actos de violencia con
más facilidad, se deteriora la intimidad y las relaciones personales se someten
a una excesiva tensión." Derechos humanos para la
dignidad humana. Una introducción a los derechos económicos, sociales y
culturales. Amnistía Internacional
Como se ha descrito al principio, hay artículos del Código Penal
que impiden a la persona a reaccionar como un okupa. El artículo que
muestra una mayor importancia es el Allanamiento de morada. Con el resto de artículos
no suelen ir más allá de pagar una multa o pasar unos días en prisión. Sin
embargo, si ahora la persona se le acusa de allanamiento de morada, el problema
se agrava.
Por lo
tanto, la condición primordial que tiene mi proyecto, es la de no ser visto a la hora de entrar en viviendas ajenas.
(1) El proyecto se define a partir de los cargos a los que se le puede
acusar a una persona okupa. Tenemos: la usurpación (artículo 245.2 del Código Penal), daños
(artículo 263 del Código Penal), robo con fuerza en las cosas (artículos 237,
238 y 240 del Código Penal), desórdenes públicos (artículo 557 del Código
Penal), resistencia y desobediencia (artículo 550), atentado a la autoridad
(artículo 550), Allanamiento de morada (artículo 202.1) y Defraudación del
fluido eléctrico o situaciones análogas (artículo 255).
Tras escoger
este campo, el tipo de arquitectura empieza a moverse en un terreno donde la
vivienda se entiende como un lugar de refugio o de escondite (por ejemplo, los
bunkers).
Más
concretamente, en el proyecto que llevo entre manos, se busca una vivienda que
sirva de cobijo pero además, de un lugar de escondite. No es una arquitectura
que se elabora ya que todo lo necesario estaría construido si no que, sería una
adaptación del okupa (Langarita) a unas viviendas existentes. Para el
desarrollo de este tipo de arquitectura, el Código Penal define el proyecto y
le da sentido, ayuda a responder a preguntas como, ¿por qué no pueden a
Langarita los propietarios de las viviendas o por qué tiene que adaptarse al
entorno sin modificarlo?
Este tipo de proyectos son el reflejo de mi postura frente a un
conflicto que se genera a partir de la okupación de los espacios y el derecho
de los ciudadanos a tener una vivienda digna.
Con proyectos como el que estoy llevando a cabo, pretendo que la
sociedad recapacite en el tema y del uso de las normas de hoy en día. Dentro de
este tipo de arquitectos se encuentra, como vimos en clase, Santiago Cirugeda.
El tema de los okupas hoy en día está muy presente. Con el bache
que está atravesando el país, miles de personas son desahuciadas de sus hogares
y sin un lugar donde vivir y sin dinero, ¿qué hacen?, una de las soluciones es
terminar siendo okupas.
Este estilo de vida, es defendido por todas aquellas personas que
se ven obligadas a ello y los defensores de este tipo de movimiento. Quienes además,
hacen un tipo de manifiesto Manual de
okupación(1) donde ponen a disposición formas de quebrantar las leyes sin
tener grandes repercusiones. En cambio, también hay quienes están en contra
como los bancos, políticos o personas que tienen una vivienda propia y se ven
obligados a pagarla y en este sentido, se ven desfavorecidos frente al
movimiento okupa.
Sin embargo, las personas que llevan a cabo este movimiento no pretenden
perjudicar a nadie, sino que, intentan defender sus derechos de tener una
vivienda digna.
"Sin una vivienda adecuada, es
difícil conseguir y conservar el empleo, la salud física y mental se ven
amenazadas, se ponen trabas a la educación, se cometen actos de violencia con
más facilidad, se deteriora la intimidad y las relaciones personales se someten
a una excesiva tensión." Derechos humanos para la
dignidad humana. Una introducción a los derechos económicos, sociales y
culturales. Amnistía Internacional
Como se ha descrito al principio, hay artículos del Código Penal
que impiden a la persona a reaccionar como un okupa. Con el artículo que
muestra una mayor importancia es el Allanamiento de morada. Con el resto de artículos
no suele ir más allá de pagar una multa o pasar unos días en prisión. Sin
embargo, si ahora la persona se le acusa de allanamiento de morada, el problema
se agrava.
Por lo
tanto, la condición primordial que tiene mi proyecto, es la de no ser visto.
(1)Santiago
Cirugeda, construir refugios urbanos, 2007, http://www.recetasurbanas.net/v3/index.php/es/
visto el día 23/3/2014 a las 21:00 horas.